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Recargo por pago tardío en Arizona: razonable, por escrito y ligado al aviso de cinco días

Arizona no pone un tope en dólares ni en porcentaje a los recargos por pago tardío en A.R.S. 33-1368. La ley habla solo de un «recargo por pago tardío razonable establecido en un contrato de arrendamiento por escrito». La renta sin pagar lleva a un aviso escrito de falta de pago, y el inquilino tiene entonces cinco días para pagar antes de que el propietario pueda pedir que termine el arrendamiento.

¿Qué dice la ley de Arizona sobre los recargos por pago tardío?

El único lugar de la Ley Residencial de Propietarios e Inquilinos de Arizona que menciona un recargo por pago tardío en la sección sobre renta sin pagar es A.R.S. 33-1368(B). Usa las palabras «recargo por pago tardío» y «razonable», y lo liga al contrato de arrendamiento por escrito. No nombra un porcentaje, un monto en dólares ni un número de días antes de que el recargo pueda empezar.

Eso te deja con dos reglas prácticas. Primera, el recargo tiene que estar escrito en el contrato antes de que la renta se atrase. Un recargo que inventas después, o que solo mencionas por mensaje de texto, no está «establecido en un contrato de arrendamiento por escrito». Segunda, el monto tiene que ser razonable. La ley no define la palabra, así que un recargo fijo y modesto que encaje claramente con el contrato es una opción más segura que uno grande o que se acumula.

¿Cómo funciona el aviso de cinco días?

La sección 33-1368(B) dice que si la renta no se paga al vencer y el inquilino no paga dentro de cinco días después del aviso escrito de falta de pago, el propietario puede dar por terminado el contrato de arrendamiento. El aviso también debe indicar la intención del propietario de terminarlo si la renta no se paga dentro de ese plazo.

Fíjate que los cinco días empiezan desde el aviso, no desde la fecha de vencimiento. Un inquilino que se atrasa el día 1 no ha usado ninguna parte de los cinco días hasta que tú entregas el aviso escrito. Muchos propietarios envían primero un recordatorio sencillo y tratan el aviso formal de falta de pago como un documento aparte.

  1. Revisa el contrato: ¿el recargo por pago tardío está escrito ahí, con un monto?
  2. Espera a que la renta esté sin pagar y entonces entrega el aviso escrito de falta de pago.
  3. Indica el monto de renta que se debe y di que piensas terminar el arrendamiento si no se paga dentro de cinco días.
  4. Guarda la prueba de cómo y cuándo se entregó el aviso.

¿Qué puede pagar un inquilino para quedarse, y cuenta el recargo?

Sí, el recargo cuenta, pero solo uno razonable que el contrato por escrito establezca. La ley permite que el inquilino reinstale el contrato pagando toda la renta vencida y un recargo por pago tardío razonable establecido en el contrato por escrito, si el pago llega antes de que se presente una demanda especial de desalojo. Después de presentarla, el inquilino también debe pagar recargos por pago tardío razonables, honorarios de abogado y costos de la corte.

Ejemplo un propietario inventado de la zona de Phoenix renta una unidad en $1,600 al mes y el contrato tiene un recargo por pago tardío de $75. El inquilino no paga el día 1 y recibe el aviso de falta de pago el día 8. Si paga $1,675 ($1,600 más $75) antes de cualquier trámite en la corte, ya pagó lo que la ley enumera. Si el propietario ya presentó la demanda y gastó $100 en costos de la corte y $400 en honorarios de abogado, el monto para reinstalar pasa a ser $1,600 + $75 + $100 + $400 = $2,175.

¿Cómo fijas un recargo que se sostenga?

  • Escribe un monto claro en el contrato y di cuándo aplica.
  • Mantenlo proporcional a la renta. Arizona no da un porcentaje seguro, así que un número muy por encima del costo de perseguir un pago tardío invita a una disputa.
  • No acumules cargos diarios repetidos, a menos que tu abogado de Arizona haya aprobado la redacción.
  • Cóbralo una sola vez por el mismo pago omitido y muéstralo como una línea aparte en el registro, separada de la renta.

Mantener el recargo en su propia línea importa en Arizona porque la ley enumera la «renta vencida» y el «recargo por pago tardío» como dos conceptos que un inquilino paga para reinstalar. Mezclarlos en una sola suma dificulta demostrar después cuál era realmente el recargo.

¿Qué debes guardar en el expediente?

Guarda un breve rastro de papel por cada pago tardío en Arizona: la página del contrato con el recargo, la fecha en que entregaste el aviso de falta de pago, cómo lo entregaste y la línea del registro con el recargo. Si un inquilino disputa el recargo meses después, esos cuatro elementos responden la mayoría de las preguntas sin una llamada.

Cómo lo maneja DoorKeeping en Arizona

DoorKeeping registra el recargo por pago tardío que fijaste en tus reglas, lo muestra como una línea aparte y le envía un recordatorio al inquilino. La renta y los pagos se quedan en tus propias cuentas bancarias. DoorKeeping nunca retiene tu dinero y envía un pago solo cuando tú lo apruebas. Esto es información general, no asesoría legal. Confirma la redacción de tu contrato y de tu aviso con tu propio abogado de Arizona.

Fuentes

  1. Arizona Revised Statutes 33-1368, Noncompliance with rental agreement; failure to pay rent (Arizona Legislature), consultada el 30 de octubre de 2026

Preguntas

¿Hay un recargo máximo por pago tardío en Arizona?
La ley no nombra ninguno. A.R.S. 33-1368(B) solo exige que el recargo por pago tardío sea razonable y esté establecido en un contrato de arrendamiento por escrito.
¿Cuánto tiempo tiene un inquilino de Arizona para pagar después de un aviso de falta de pago?
Cinco días después del aviso escrito de falta de pago, y el aviso debe indicar la intención del propietario de terminar el arrendamiento si la renta no se paga en ese plazo.
¿Puede un propietario de Arizona cobrar un recargo que no está en el contrato?
No. La ley habla de un recargo por pago tardío establecido en un contrato de arrendamiento por escrito, así que un recargo que no está escrito en el contrato no tiene sustento bajo esa sección.