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Recargo por pago tardío en Carolina del Norte: $15 o 5 por ciento, una sola vez

G.S. 42-46(a) de Carolina del Norte permite que las partes acuerden un recargo por pago tardío, que solo se puede cobrar si la renta lleva cinco días naturales o más de atraso, de no más del mayor entre $15 o el 5 por ciento de la renta mensual. Solo se puede imponer una vez por cada pago tardío, no se puede descontar de la renta posterior, y una cláusula del contrato que vaya más allá de la sección es nula.

¿Cómo cuentas los cinco días?

La ley cuenta «siendo el primer día el día siguiente al vencimiento de la renta». Con la renta vencida el día 1, el día 2 es el día uno y el día 6 es el día cinco. Un recargo por pago tardío se puede cobrar el día 6, no antes. La renta pagada el día 5 lleva cuatro días de atraso y no tiene recargo.

¿Es el número mayor o el menor?

El mayor, lo que ayuda a los dueños de unidades de renta baja. Para la renta mensual, el recargo no puede pasar de $15 o del 5 por ciento de la renta mensual, lo que sea mayor. Para la renta semanal, $4 o el 5 por ciento de la renta semanal, lo que sea mayor.

Ejemplo un inquilino inventado de Carolina del Norte paga $1,000 al mes. El cinco por ciento son $50, que supera los $15, así que el tope es de $50. Un cuarto inventado rentado en $240 al mes tiene una cifra del 5 por ciento de $12, que es menos de $15, así que el tope es de $15. Un inquilino semanal inventado con $160 a la semana tiene una cifra del 5 por ciento de $8, que supera los $4, así que el tope semanal es de $8.

¿Se puede cobrar otra vez o descontar de la renta del mes siguiente?

No en ambos casos. La subsección (b) permite el recargo solo una vez por cada pago de renta tardío, así que un recargo diario o semanal queda fuera. También dice que un recargo por un pago tardío específico no se puede descontar de un pago de renta posterior de manera que ese pago posterior quede en incumplimiento. Si el recargo del mes pasado sigue sin pagarse, déjalo en su propia línea; un pago completo de renta este mes sigue contando como renta completa.

¿Debe estar en un contrato por escrito?

La subsección sobre el recargo dice «las partes pueden acordar un recargo por pago tardío», y se aplica cuando se fija un momento definido para el pago de la renta. Ahí no usa la palabra «por escrito», aunque otros cargos de la sección (los de presentación y los de tribunal) dicen «conforme a un contrato por escrito». De todos modos pon el recargo por escrito; un acuerdo que puedes probar es más fácil de hacer cumplir que uno que no. Un cargo por no pagar el servicio de agua o drenaje facturado bajo G.S. 62-110(g) no está permitido según la subsección (d).

¿Y si el contrato se pasa de los límites?

La subsección (h)(4) dice que una cláusula de un contrato de arrendamiento contraria a la sección va contra el orden público y es nula e inexigible. La ley también limita los otros cargos que un propietario puede reclamar por presentar una demanda de desalojo sumario, y dice que tampoco se pueden descontar de un pago de renta posterior, así que el recargo por pago tardío es solo uno de varios cargos estrictamente definidos en la misma sección.

¿Qué errores detecta la ley de Carolina del Norte?

El primero es el recargo diario. Un contrato que suma $5 al día parece pequeño, pero rompe la regla de una sola vez de la subsección (b). El segundo es sumar un recargo viejo al siguiente pago: si un inquilino debe el recargo del mes pasado y envía la renta completa este mes, no puedes decir que el pago de este mes quedó corto por el recargo.

El tercero es la cuenta de cinco días. Los propietarios suelen contar la fecha de vencimiento como día uno, lo que pone el recargo un día demasiado pronto. La ley hace del día siguiente al vencimiento el día uno, así que un inquilino que paga el día cinco de un mes con la renta vencida el día primero todavía no llegó al punto en que se puede cobrar un recargo.

Por último, mantén aparte los cargos de litigio. Los cargos de presentación de la demanda, de comparecencia en el tribunal y de segundo juicio de la misma sección tienen sus propias reglas y topes, y solo uno de ellos se puede conservar por una sola demanda. Un recargo por pago tardío no cuenta para esos y ellos no cuentan para el recargo.

Cómo lo maneja DoorKeeping en Carolina del Norte

Las reglas de Carolina del Norte en DoorKeeping incluyen el tope del mayor entre $15 o 5 por ciento y la cuenta de cinco días. Apruebas una vez una regla de recargo por pago tardío y el recargo se registra automáticamente dentro de ella, una sola vez por pago tardío. Los inquilinos pagan a tu propio banco, y el pago se concilia por el concepto y los centavos exactos. Esto es información general, no asesoría legal.

Fuentes

  1. North Carolina General Statutes 42-46, Authorized fees, costs, and expenses (North Carolina General Assembly), consultada el 30 de octubre de 2026

Preguntas

¿Cuál es el recargo máximo por pago tardío en Carolina del Norte?
Para la renta mensual, $15 o el 5 por ciento de la renta mensual, lo que sea mayor. Para la renta semanal, $4 o el 5 por ciento de la renta semanal, lo que sea mayor.
¿Cuántos días de atraso debe tener la renta para que un propietario de Carolina del Norte cobre un recargo?
La renta debe llevar cinco días naturales o más de atraso, contando el día siguiente al vencimiento como el día uno.
¿Puede un propietario de Carolina del Norte cobrar un recargo más de una vez?
No. Se puede imponer una sola vez por cada pago de renta tardío, y no se puede descontar de un pago posterior.